REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR
INSTITUTO PEDAGÓGICO DE BARQUISIMETO
"LUÍS BELTRÁN PRIETO FIGUEROA"
CÓDIGO DE ÉTICA
El control de la sociedad se ejerce a partir de las leyes, que sirven como parámetros que rigen el buen comportamiento en todos los ámbitos de desenvolvimiento del hombre. Estas leyes están cargadas de un contenido moral y ético que cada individuo debe poseer, por lo que es necesario crear una codificación que indique los deberes y derechos que tiene dicho sujeto. El código de ética docente entró en vigencia a partir del 29 del de Junio de 1988, aprobado y firmado por la Convención Extraordinaria del Colegio de Profesores de Venezuela. A continuación plantearemos supuestos y críticas sobre el código de ética, mecanismos que podrían aplicarse para el cumplimiento del código de ética.
DECLARACIÓN DE LOS PRINCIPIOS
Aquí se evidencia el compromiso que debe tener un docente con la realidad de su país y que es agente transformador o conservador del comportamiento de las nuevas generaciones. Teniendo en cuenta esto, el código debe ser cumplido por todos los egresados como profesores ya que el desacato corresponde a una sanción moral por parte del gremio. Dentro de lo que cabe en la responsabilidad del docente se hace una especie de juramento, como el de respetar el código y la labor docente, rechazar la discriminación y las injerencias partidistas, entre otros.
Estas declaraciones merecen una crítica, ya que en el quehacer diario de los profesores no se llevan a cabo, o por lo menos unos de ellos, por ejemplo “No aceptare que por motivos de lucro se interfiera mi ejercicio profesional”, este no es practicado debido a que las clases en los institutos educativos muchas veces se ven interferidas por manifestaciones de los profesores por motivos de falta de pago. A su vez con la manifestación de “Rechazare cualquier injerencia político- partidista en el marco de los derechos profesionales y sindicales”, que de nuevo no se efectúa, que dentro de las aulas de clase muchos docentes hacen proselitismo partidista y en varias ocasiones se enfrentan a los estudiantes por esta causa, por lo que hay que distinguir entre afección política (el docente puede mostrar su simpatía a una u otra corriente política) y proselitismo partidista (el profesor impone su opinión y hace referencias para la inclusión de los estudiantes a ella).
CAPIULO I
Está enmarcado en el ámbito de lo moral, que acciones son consideradas buenas o malas en cuanto a la profesión docente. Se establece que el docente debe ser una persona integra, manejar todos los aspectos de su vida de manera coherente, ser consono entre su discurso y sus acciones. Se expresa claramente que el profesor debe ser ejemplar, ciertamente necesita ser así; el docente es un modelo, un ejemplo a seguir por sus estudiantes, por ende, es obligatorio que lleve una vida pulcra e intachable, pero también es esencial que la sociedad en general comprendan que el docente es un ser humano con necesidades y fallas.
El articulo 10 de este código expresa que se pretende contribuir y defender el desarrollo integral y formar ciudadanos, opinamos que la palabra pretender es muy general y además suena a intención, creemos que seria mas adecuado emplear el verbo fomentar o promover para un mejor desenvolvimiento del docente y el estudiante.
CAPITULO II
Dentro de lo que se explica cómo deberes institucionales del profesor, el cual juega un papel muy importante dentro del gremio educativo o bien conocido como magisterio es necesario resaltar la responsabilidad que tiene el mismo, llevando a cabo el cumplimiento de cada uno de estos deberes.
Uno de los supuestos que establecemos, es el hecho que el profesor debe ser responsable de la integridad institucional llevando a cabo un buen lineamiento en lo que respecta la honestidad de la institución siendo el mismo un ejemplo.
Seguidamente proponemos que se mantengan la igualdad y equidad dentro del magisterio.
Cada uno de los deberes que estimulan el cumplimiento moral y ético, forman parte del crecimiento educativo, es por esta razón que como docentes en formación inicial tenemos el deber y derecho de conocer dicho código, para así formar parte del mismo e identificarnos para que podamos llevar a cabo sus normativas, es por esta razón que recomendamos la reformación de dicho código y que sea actualizado según las necesidades actuales.
Uno de los mecanismos propuestos es el establecimiento de una regla para el cumplimiento de la moralidad y la responsabilidad institucional del profesor, estableciendo que sea el mismo profesor quien se haga cargo de impartir la responsabilidad institucional, dicha norma se establecerá en la institución donde labore.
CAPITULO III
Cada uno de los deberes que enfrenta el profesor sobre la comunidad en dicho código, hace gran referencia respecto a la suma importancia que merece la comunidad frente al ente educativo, es por esta razón que sugerimos que del mismo modo la comunidad forme parte y facilite el desarrollo a plenitud de la educación, tomando en cuenta el esfuerzo que realiza el docente, para así poder llevar una mejor relación entre la comunidad-escuela o comunidad-docente.
Del mismo modo estamos de acuerdo con la mayoría de los deberes planteados en dicho código, ya que comprendemos la importancia de cada uno de ellos refiriéndose a la comunidad.
Sin embargo el art 37 de los deberes del profesor a la comunidad se refiere a: “Proteger a la familia como célula fundamental de la sociedad”, debido a esto proponemos dicha actualización debido a que el profesor también forma parte de una familia a la cual debe responsabilidad, es por esto que proponemos la existencia de un permiso especial para que el profesor ejerza su responsabilidad familiar a la hora que lo necesite.
CAPITULO IV
En este capitulo se hace referencia al deber, a la obligación que tiene el docente al formar a sus estudiantes como parte integral de la sociedad, debe promover el desarrollo personal, el libre desenvolvimiento de las personas, inculcar valores como: responsabilidad, respeto, tolerancia, cooperación, solidaridad, justicia, amistad, compromiso, entre otros. De igual forma el docente debe ser activo, preocupado de que en el aula de clases se propicie un buen proceso enseñanza-aprendizaje; originar el ambiente adecuado para ello, impulsar la comunicación y la libre opinión sin represión, incluir a la comunidad y a la institución en el proceso de formación.
2) Reformar el titulo “Código de Ética”, pues la ética es el resultado del proceso de reflexión interna, individual, y puede llegar a ser sujetiva, debido a lo que es bueno para un individuo para otro no lo es, siguiendo esta idea proponemos sea cambiado por el de “Código Moral” ya que la moralidad si puede ser modificada, se pueden establecer reglas de común acuerdo para el buen desenvolvimiento en sociedad.
Establecer un apartado donde se establezcan los derechos del profesional de la docencia como: el ambiente de trabajo; un buen clima laboral, respeto a su vida privada; permisos especiales para atender a su familia, entre otros.
3) Establecimientos de entes u oficinas, dentro de las instituciones educativas, encargadas de procesar las faltas cometidas por los docentes o cualquier otro al código, evaluarlas de manera justa y equilibrada y sancionar adecuadamente sobre estas. Así mismo dichos entes u oficinas, proponemos, que se establezcan para agilizar los procesos, que en otras entidades tardan mucho o no les corresponde procesar estos casos, además que otorguen reconocimientos, honores y meritos a aquellos docentes de buena calidad y sean esmerados, sus integrantes deberán ser imparciales y especializados en el tema.
CAPÍTULO V
Se refiere principalmente al ente que rige las faltas al código de ética por parte de los docentes, ya sea por negligencia o ignorancia.
Se refiere principalmente al ente que rige las faltas al código de ética por parte de los docentes, ya sea por negligencia o ignorancia.
CAPÍTULO VI
Señala el tiempo en que las sanciones gestan su solución, la cual es establecida en 6 meses, a su vez la responsabilidad única de la modificación de las normas del código son de la Convención del Colegio de Profesores de Venezuela.
Estos dos últimos capítulos hacen referencia al incumplimiento del código, constituyendo una serie de entes y tiempo estimado para las sanciones, pero señalan que son de tipo legal, mientras que en la declaración de los principios toma las sanciones solo de tipo moral. Es necesario ser mas especifico en este tipo de artículos para no establecer suposiciones de ellos.
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